Declaración Anual Personas Físicas 2018

Quiénes deben presentarla

Las Personas Físicas Obligadas a presentar la Declaración Anual en abril 2019 son las siguientes:

  • Régimen Salarial
  • Régimen de Honorarios Servicios Profesionales
  • Régimen Arrendamiento e Inmueble
  • Régimen Actividades Empresariales
  • Régimen de Incorporación Fiscal.


✅ Aquellas que tienen actividades empresariales, incluidos los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad*.


✅ Las personas que cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).


✅ Deben presentarla quienes reciben intereses o dividendos.


✅ Aquellas que enajenaron bienes, es decir, si vendieron o compraron algún bien inmueble.

✅ Asimismo, deben presentarla las personas físicas que recibieron ingresos por salarios y están en alguno de estos casos:

Si obtuvieron ingresos de dos o más patrones.
Si dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018.
Si recibieron ingresos anuales que excedan de 400 mil pesos.
Si obtuvieron ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones.


✅ Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.


✅ Si obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.

✅ Todas las personas físicas están obligadas a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en 2018, siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos.

Requisitos:

1️⃣ Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a 13 dígitos con homoclave.


2️⃣ Clave de Identificación Electrónica Contraseña, (CIE).

3️⃣ Firma Electrónica Avanzada (FIEL)

4️⃣ Nombre del banco y número de cuenta CLABE de 18 dígitos, solo en caso de tener saldo a favor.

Fundamento Legal:

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículos 98 fracción III, 109, 110, fracción VI, 118, fracción IV, 129, 136, fracción II, 150, 151 y 152.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. Reglas 2.8.3.1, 2.8.3.2, 2.8.3.3, 2.8.3.4, 2.8.5.1, 2.8.5.4, 2.8.5.5, 2.8.6.5, 2.9.1, 2.10.1, 2.10.2, 2.10.3, capítulo 3.17 de la declaración anual y Anexo 8.