Cuáles son las obligaciones fiscales de las personas físicas y personas morales
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En caso de algún olvido, algún dato erróneo u omisión en las declaraciones de todo tipo tienen la oportunidad de corregirlo posteriormente mediante la presentación de la declaración omitida o complementaria dentro de un periodo establecido por la Ley (dependerá de la situación particular de cada contribuyente).
En caso de no cumplir la autoridad fiscal les enviará un requerimiento para presentar esta declaración omitida más la sanción que corresponda, que usualmente es una multa a menos que la Ley disponga de otra sanción, que también obedecerá a las particularidades del contribuyente.
Si incumplen con la emisión de la CFDI 3.3 (facturas electrónicas), las multas pueden ir de 15 mil 280 a 87 mil 350 pesos, de acuerdo con el articulo 84 fracción 4 (IV) del Código Fiscal de la Federación. Esto es aplicable para todos los regímenes.
Por incumplir con el manejo de la Contabilidad Electrónica, los contribuyentes se hacen acreedores a una multa de 1,520.00 a 15 mil 140 pesos, de acuerdo con la fraccion I del articulo 84 del Código Fiscal de la Federación.